Servicio de Impuestos Internos-Oficio 782/2023- Aclaró que las iglesias y demás entidades religiosas, por regla general, no son contribuyentes del IVA, salvo realización de operaciones gravadas (actividad realizada por organizaciones religiosas y fundaciones)

Servicio de Impuestos Internos-Oficio 782/2023- Aclaró que las iglesias y demás entidades religiosas, por regla general, no son contribuyentes del IVA, salvo realización de operaciones gravadas (actividad realizada por organizaciones religiosas y fundaciones)

Autores/as

  • Equipo Editorial- Boletín Jurídico Observatorio de libertad religiosa de América Latina y El Caribe

Palabras clave:

impuesto nacional, institución religiosa, iglesia

Resumen

Servicio de Impuestos Internos-Oficio 782/2023- Aclaró que las iglesias y demás entidades religiosas, por regla general, no son contribuyentes del IVA, salvo realización de operaciones gravadas (actividad realizada por organizaciones religiosas y fundaciones)

Fuente: www.homer.sii.cl

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Publicado

2023-03-23

Número

Sección

CHILE - RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS DE INTERÉS PARTICULAR