Servicio de Impuestos Internos-Oficio 782/2023- Aclaró que las iglesias y demás entidades religiosas, por regla general, no son contribuyentes del IVA, salvo realización de operaciones gravadas (actividad realizada por organizaciones religiosas y fundaciones)
Servicio de Impuestos Internos-Oficio 782/2023- Aclaró que las iglesias y demás entidades religiosas, por regla general, no son contribuyentes del IVA, salvo realización de operaciones gravadas (actividad realizada por organizaciones religiosas y fundaciones)
Palabras clave:
impuesto nacional, institución religiosa, iglesiaResumen
Servicio de Impuestos Internos-Oficio 782/2023- Aclaró que las iglesias y demás entidades religiosas, por regla general, no son contribuyentes del IVA, salvo realización de operaciones gravadas (actividad realizada por organizaciones religiosas y fundaciones)
Fuente: www.homer.sii.cl
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Derechos de autor 2023 Boletín Jurídico del Observatorio de Libertad Religiosa de América Latina y El Caribe
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