Las garantías del acreedor frente al incumplimiento. Especial referencia a la boleta bancaria de garantía
Palabras clave:
Derecho de prenda general, garantía, caución, boleta bancaria de garantía.Resumen
El presente artículo pretende examinar el concepto de garantía, tanto en su
sentido amplio, como técnico. Una vez que ha operado el incumplimiento y siempre que
sus consecuencias sean imputables al deudor, el acreedor goza de un conjunto de remedios
para hacer efectiva la responsabilidad del deudor. Todos estos mecanismos son inherentes
a la obligación y se fundamentan en el derecho de prenda general. Además, el acreedor
cuenta con la posibilidad de reforzar su posición jurídica, a través de las denominadas
cauciones y, en general, las garantías en sentido técnico. A ellas y, especialmente a algunos
aspectos de la boleta bancaria de garantía nos referiremos en los párrafos siguientes.
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