Servidumbres mineras destinadas al cierre de faenas e instalaciones mineras: Ciertas inquietudes interpretativas derivadas del artículo 26 de la Ley N° 20.551/2011
Contenido principal del artículo
Resumen
De la simple lectura del artículo 26 de la Ley de Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras — N°20.551/2011—, emergen un sinnúmero de dudas, entre la que destaca el hecho de una aparente injusticia legal respecto del titular del predio sirviente y de una consecuente ventaja en favor del titular del predio dominante, al cual la ley le permite extender temporalmente de pleno derecho una servidumbre minera que incluso pudo haberse extinguido de manera previa por la falta de aprovechamiento del gravamen. En dicho orden de ideas, se revisarán las inquietudes interpretativas que nacen con ocasión de la redacción del mentado artículo junto a las implicancias de dichas dudas, en lo que respecta a los intereses comprometidos de los titulares de ambos predios.
Detalles del artículo

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0.
Tipo de Licencia que adopta la ReDAE: https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/deed.es
LICENCIAMIENTO DE LA ReDAE
Cualquier volumen de la ReDAE –entendiéndose por tal la totalidad de la creación gráfica y literaria contenida en sus páginas y cada una de sus partes por separado– se otorga bajo la licencia indicada. Queda prohibido cualquier otro uso que se haga de la ReDAE que no cuente con la autorización pertinente en conformidad con los términos que se indican en estas secciones.
ACEPTACIÓN DE LA LICENCIA
Mediante el ejercicio de cualquiera de los derechos que se señalan a continuación, el usuario acepta y consiente en verse obligado de acuerdo con los términos de estas cláusulas.
Usted es libre de:
- Compartir — copiar y redistribuir el material en cualquier medio o formato
- Adaptar — remezclar, transformar y construir a partir del material
- La licenciante no puede revocar estas libertades en tanto usted siga los términos de la licencia
Bajo los siguientes términos:
- Atribución — Usted debe dar crédito de manera adecuada , brindar un enlace a la licencia, e indicar si se han realizado cambios . Puede hacerlo en cualquier forma razonable, pero no de forma tal que sugiera que usted o su uso tienen el apoyo de la licenciante.
- No Comercial — Usted no puede hacer uso del material con propósitos comerciales .
- Compartir Igual — Si remezcla, transforma o crea a partir del material, debe distribuir su contribución bajo la la misma licencia del original.
- No hay restricciones adicionales — No puede aplicar términos legales ni medidas tecnológicas que restrinjan legalmente a otras a hacer cualquier uso permitido por la licencia.
Avisos:
No tiene que cumplir con la licencia para elementos del material en el dominio público o cuando su uso esté permitido por una excepción o limitación aplicable.
No se dan garantías. La licencia podría no darle todos los permisos que necesita para el uso que tenga previsto. Por ejemplo, otros derechos como publicidad, privacidad, o derechos morales pueden limitar la forma en que utilice el material.
CC BY-NC-SA 4.0 Deed | Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional | Creative Commons