Ausencia de tribunales del contencioso administrativo en Chile: ¿Falta de influencia de la doctrina? El caso de Luis Claro Solar
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Resumen
Son dos las materias capitales que desaparecieron de la escena del Derecho administrativo chileno durante casi toda su historia: primero, una cierta especialización jurisdiccional; esto es, la existencia de un contencioso administrativo; de unos tribunales que sean especializados en esa materia o, no siendo especializados, que tengan al menos una tendencia hacia la especialización; y, segundo, del reconocimiento de los derechos subjetivos de los administrados, que son la base para el funcionamiento de unos tribunales del contencioso administrativo o de una justicia ordinaria que pueda acogerlos. Pero, en nuestro país, desde mediados del siglo XIX y hasta bien avanzado el siglo XX, desaparecen esas dos ideas capitales: nunca se han creado tribunales del contencioso administrativo y el ideario de los derechos subjetivos de los administrados sólo aparece formalmente consagrado en la Constitución de 1980.
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