Problemas jurídicos que plantean las regularizaciones de derechos de aprovechamiento de aguas (en virtud de lo dispuesto en el artículo 2° transitorio del Código de Aguas)

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Gonzalo Muñoz Escudero

Resumen

El Código de Aguas de 1981 tuvo como punto de partida el reconocimiento de múltiples situaciones de usos de aguas, para lo cual se contemplaron, aun antes de la promulgación de dicho cuerpo legal, normas con rango legal que intentaban definir un nuevo estatuto de las aguas, a partir del reconocimiento de dichos usos. Capital al respecto es el artículo 7 del Decreto Ley W 2.603, de 1 9792, el cual establece una presunción legal en la titularidad de los derechos de aprovechamiento, la que se funda en el uso efectivo de las aguas.


 

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Artículos
Biografía del autor/a

Gonzalo Muñoz Escudero, Universidad Católica del Norte

Profesor de Derecho de Aguas, Universidad Católica del Norte.