Acceso abierto en transmisión eléctrica: ¿cuál es su verdadero objetivo y alcance?

Contenido principal del artículo

Daniela Gorab Sabat
Arturo Le Blanc Cerda

Resumen

Este artículo pretende examinar cuál es el verdadero objetivo del acceso abierto establecido en la Ley General de Servicios Eléctricos y el alcance de las obligaciones que de él emanan. Se argumentará que el verdadero objetivo del acceso abierto es permitir la conexión a la red de transmisión para que los generadores y usuarios del sistema inyecten y retiren libremente energía en y desde dichas instalaciones, sin discriminación; sin que ello implique el acceso a las instalaciones físicas d e los transmisores, tales como terrenos y activos que no forman parte del sistema de transmisión. Se argumentará que por tratarse de una limitación al derecho de propiedad y un gravamen, el régimen de acceso abierto es de derecho estricto y por tanto, debe interpretarse restrictivamente, estando prohibido ir más allá de los supuestos que expresamente prevé la ley; de lo contrario, se vulneraría el derecho de propiedad de los transmisores, y además, podría generarse un fuerte desincentivo en la inversión. Por último, se examina la experiencia comparada en materia de acceso abierto, la misma que permite demostrar que la interpretación del regulador chileno es absolutamente excepcional.

Detalles del artículo

Sección
Ensayos
Biografía del autor/a

Daniela Gorab Sabat, Universidad de Chile

Daniela Gorab es abogada de la Universidad de Chile, Master in Public Administration in economics policy, London School of Economics, LLM in Competition Law, UCL

Arturo Le Blanc Cerda, Universidad de Chile

Arturo Le Blanc es abogado de la Universidad de Chile, LLM Duke University.